Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809760
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809760
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 473
JURISDICCION VOLUNTARIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 473
Las resoluciones dictadas en jurisdicción voluntaria y que afecten las propiedades, posesiones o derechos de un extraño, sin juicio previo, en que se hayan seguido los procedimientos titulares establecidos por la ley, violan, en perjuicio de dicho tercero, las garantías consignadas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4780/27. Ajá Galán Santiago. 23 de octubre de 1928. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Salvador Urbina, Francisco M. Ramírez, Teófilo H. Orantes y Arturo Cisneros Canto. La publicación no menciona el nombre del ponente.