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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809761
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 491
DEMANDA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 491
La demanda puede afectar únicamente a las personas a quienes con el carácter de reos, se señale expresamente en la misma; y si de modo genérico se designa en ella como demandados, a todos los que tengan en su poder parte de los productos de una finca que se trata de reivindicar, es anticonstitucional que la sentencia condene a personas que no fueron expresamente citadas, y que, por lo mismo, no comparecieron al juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2479/27. Castelán Meza Mario. 24 de octubre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.