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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 173
FRACCIONAMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 173
Ninguna ley prohibe el fraccionamiento ni enajenación de las propiedades rústicas, cualquiera que sea su extensión; al contrario, tal fraccionamiento tiende a realizar uno de los muchos fines que persigue el artículo 27 constitucional, que es el desarrollo de la pequeña propiedad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Sela y Fernández Ana María. 13 de julio de 1922. Mayoría de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.