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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1076
SENTENCIAS PENALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1076
Si los tribunales al dictarlas, no toman en consideración las circunstancias atenuantes alegadas por la defensa, procede conceder el amparo contra esos fallos, para el efecto de que, previo examen de las circunstancias agravantes y atenuantes que concurran en el caso, se dicte nueva sentencia.
Precedentes
Amparo penal directo. Bustillos Daniel. 28 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.