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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809855
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 674
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 674
La apreciación que de las pruebas hagan los tribunales, en uso de su facultad soberana y ajustándose a las disposiciones de la ley, no puede constituir violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 559/27. Didapp Alberto. 12 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.