Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809864
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809864
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 691
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 691
El amparo contra ellas, sólo cabe al reclamarse en la sentencia definitiva que en el juicio se dicte.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1588/25. Agente del Ministerio Público adscrito al Tribunal del Séptimo Circuito. 13 de febrero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la discusión y resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.