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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809917
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 829
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 829
Conforme a la Ley del Trabajo en el Estado de Chihuahua, para que se considere que un accidente es debido a la desobediencia de los obreros, por entrar en un lugar a donde se ha prohibido ir, es preciso que se demuestre que dicho lugar ha sido debidamente obstruido o tapiado, a fin de precaver accidentes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía Minera "Asarco", S. A. 18 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.