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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 151
SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 151
Contra ellas no puede interponerse el amparo directo, si no tienen el carácter de sentencias definitivas.
Precedentes
Amparo penal directo. Ordaz Pantaleón y Hesiquio 17 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.