Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809925
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809925
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 203
TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 203
Las indemnizaciones a los trabajadores que garantiza el artículo 123 constitucional, pueden ser exigidas aunque no se hayan expedido las leyes del trabajo; y las autoridades judiciales no cometen violación de garantía alguna, al condenar al pago de esas indemnizaciones.
Precedentes
Amparo civil directo 84/20. Méndez José María. 19 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.