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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 264
TIMBRE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 264
Por regla general, el impuesto del timbre causado en las operaciones de compraventa, debe ser satisfecho por el vendedor, sin perjuicio de exigir su reembolso al comprador si así se hubiere estipulado.
Precedentes
Amparo civil directo 204/20. Ferrer Rodríguez José. 23 de enero de 1920. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.