Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809979
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1124
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1124
Como los requisitos bajo los cuales se concede la suspensión, forman parte integrante de la misma, y como el auto que la concede o niega es revisable, la queja es improcedente contra las garantías acordadas por el Juez.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 60/29. Espeleta Rafael. 10 de junio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.