Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/809987
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 809987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1524
SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1524
El amparo directo sólo procede contra las sentencias definitivas, y no contra las de primera instancia que admitan el recurso de apelación.
Precedentes
Amparo penal directo 394/23. Chávez Miguel. 14 de marzo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.