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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1703
AMPARO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1703
Siendo de estricto derecho, resulta improcedente si el quejoso no señala la ley violada.
Precedentes
Amparo civil directo 3710/24. García Beatriz y coag. 22 de marzo de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto Vásquez Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.