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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 212
CONFLICTOS DE TRABAJO EN TAMAULIPAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 212
Conforme a la ley relativa, son nulas, en todo contrato de trabajo, y no obligarán al trabajador, las estipulaciones que impliquen renuncia de un derecho consagrado en favor de aquél, en las leyes de protección y auxilios a los obreros; y en los términos de dicha ley, la circunstancia de haber recibido una gratificación del patrono, no puede implicar renuncia a la indemnización de que trata el artículo 123 constitucional, en su fracción XXII.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1375/27. Larios Pedro. 18 de mayo de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.