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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810081
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 324
FORMA DEL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 324
Contra la resolución definitiva que fije la forma del juicio, es procedente aceptar la demanda de amparo, porque determinando dicha forma las defensas de que puede hacer uso el demandado, puede causarle perjuicios de difícil reparación, privándolo de esas defensas, porque no quepan dentro de la vía fijada por el juzgador.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Escobar Abel. 7 de febrero de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.