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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 810
FORMA DEL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 810
La sentencia que establece la forma del juicio, no puede estimarse definitiva para los efectos de la súplica.
Precedentes
Recurso de súplica 27/23. Signoret Allegre y Compañía, S. en C. 16 de abril de 1928. Mayoría de siete votos. El Ministro Urbina no votó, porque expresó que en su concepto debía analizarse previamente la personalidad del recurrente, para saber si podía haber ocurrido en súplica. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.