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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810098
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 579
FRACCIONAMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 579
Los fraccionamientos de tierras hechos con posterioridad a la fecha en que se presentó la solicitud de ejidos que las afecta, carecen de validez, puesto que tienden a eludir la aplicación de la ley de 6 de enero de 1915; aun cuando exista sólo la presunción de que el propietario tenía conocimiento de la solicitud.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4365/26. García Armora Luis, sucesión de. 11 de julio de 1928. Mayoría de siete votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Ricardo B. Castro, Leopoldo estrada y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.