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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2129
ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2129
Deben tenerse como tales para los efectos del amparo, las resoluciones judiciales contra las que no se hayan propuesto la demanda de garantías, dentro del plazo que fija la ley reglamentaria.
Precedentes
Amparo civil en revisión 540/24. Avila Agustín de. 20 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.