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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810144
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2328
LEGISLACION MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2328
El artículo 2o. del Código de Comercio, ordena que, a falta de disposiciones del mismo, serán aplicables a los actos mercantiles, las del derecho común; pero esto no debe entenderse de manera absoluta, sino a condición de que falten preceptos expresos sobre el particular, y de que los mandamientos de la legislación común no pugnen con otros, que indiquen la intención del legislador, de modificar algunas reglas generales de ese derecho común.
Precedentes
Amparo civil directo 2531/29. Quintana viuda de Balcárcel Josefa. 29 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.