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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810149
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 825
REVISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 825
Si se interpone únicamente por la autoridad ejecutora, debe desestimarse, cualesquiera que sean los agravios que invoque esta autoridad, puesto que la única parte que podría recibirlos, es la autoridad de quien emanó el acto que se reclama.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. García Hernández Gregorio. 17 de abril de 1928. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.