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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810150
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1763
RECURSOS RENUNCIADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1763
La interposición de recursos ordinarios improcedentes, no interrumpe el plazo para pedir el amparo; y esto que es claro en general, es obvio cuando el quejoso interpone un recurso al que ha renunciado expresamente.
Precedentes
Amparo civil directo 1112/29. Viuda e Hijos de Santiago S. Villanueva. 26 de julio e 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco H. Ruiz y Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.