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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810157
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 940
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 940
Las disposiciones del artículo 51 de la Ley de Amparo, no son aplicables al recurso de súplica.
Precedentes
Recurso de súplica. Bolio Jorge J. 24 de octubre de 1922. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Adolfo Arias y Enrique Moreno. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.