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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2010
TESTAMENTOS IMPUGNADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2010
La impugnación que se haga de un testamento, no priva de sus funciones de albacea a quien en el mismo se señaló, para que con él se siga el juicio ordinario de impugnación respectivo, puesto que la ley misma manda que el juicio de impugnación no impide que se formen inventarios y se practique el avalúo de los bienes, lo que hace indudable que el albacea sigue en el ejercicio de su cargo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2740/28. Gómez Ligero de Tagle María de los Angeles. 10 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.