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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810165
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2133
RESPONSABILIDAD CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2133
La tardanza con que por razón de las condiciones jurídicas del proceso, pueda el acusador hacer efectiva la responsabilidad civil, no es bastante para concederle el amparo, porque éste fue instituido para proteger, práctica y eficazmente, los derechos lastimados, y si la demora no implica desconocimiento de sus acciones civiles, no puede considerarse que viole garantías individuales.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Pablos Z. José María. 16 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.