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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810169
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1841
ADUANAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1841
El artículo 560 de la Ordenanza General de Aduanas, no se refiere a juicios administrativos, sino a quejas o recursos, y de acuerdo con ese precepto, la elección de uno de los medios que se conceden a los causantes, para defenderse cuando se crean perjudicados en sus intereses, trae implícita la renuncia del otro.
Precedentes
Recurso de súplica 5/25. Sociedad Adolfo Pérez, Sucesores. 8 de abril de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco H. Ruiz y Alberto Vázquez del Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.