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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810180
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1921
DESISTIMIENTO EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1921
Para desistirse del juicio de amparo, el apoderado necesita tener cláusula especial; pues aun cuando tenga la facultad general de desistirse, si en el poder no se expresa que dicha facultad comprende al juicio de garantías, no está capacitado para desistirse del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. La Sociedad "Francisco M. Cárdenas y Hermanos". 11 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.