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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810186
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1958
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1958
Si en la demanda de amparo se alegan a la vez que violaciones del procedimiento, violaciones de leyes en cuanto al fondo, debe resolverse previamente sobre las primeras, y sólo que no se encuentren justificadas, se hará el estudio de las segundas.
Precedentes
Amparo civil directo 3347/28. Ruiz Marcos. 13 de abril de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.