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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810198
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2019
REVISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2019
De acuerdo con la jurisprudencia establecida por la Corte, en los casos de revisión, sólo deben estudiarse los agravios que haya valer el recurrente, contra la sentencia pronunciada por el Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 522/20. Luján José María. 16 de abril de 1929. Mayoría de tres votos. Disidente: Fernando dela Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.