Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/810204
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810204
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2069
REVISION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2069
Si no se interpone por la autoridad responsable, sino por otra designada por su superior jerárquico para representarla, y que no tenga conforme a la ley, facultades para asumir esa representación, debe considerarse improcedente el recurso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3946/22. Godoy Enrique. 18 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.