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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810235
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 295
AMPARO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 295
Aun cuando el quejoso no cite la disposición legal que reclama como infringida, si el acto violatorio y el concepto de la violación son perfectamente claros, hay que examinar si efectivamente la violación existe, porque se haya desatendido algún precepto legal.
Precedentes
Amparo civil directo 282/26. Castillo Leonarda. 29 de julio de 1927. Mayoría de nueve votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.