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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1163
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1163
No es bastante para que proceda el recurso de súplica, la aplicación de las leyes federales de pagos, pues esto, en todo caso, implicará una cuestión incidental y secundaria y no la principal.
Precedentes
Tomo XXI, página 1763. Indice Alfabético. Recurso de súplica 42/25. Nieckler Othón. 28 de diciembre de 1927. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Salvador Urbina y Ricardo B. Castro. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. Ponente: Jesús Guzmán Vaca.
Tomo XXI, página 1163. Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó el recurso 124/27. Bolio Manzanilla Adolfo. 31 de octubre de 1927. Mayoría de nueve votos. Ausente: Salvador Urbina. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.