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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 902
BANCOS DE CONCESION FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 902
Si se declara insubsistente la concesión, no tiene ya vida legal, ninguno de los privilegios ni prohibiciones que el banco tenía, conforme a la concesión. Cancelada ésta, no pueden ser ya aplicables al banco, las leyes y disposiciones generales que se dictaron con relación a la preferencia de que disfrutaban los créditos, durante la vigencia de la concesión.
Precedentes
Amparo civil directo 1398/26. Banco Mexicano de Comercio e Industria, S. A., en liquidación. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.