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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810317
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2002
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2002
La sentencia que en súplica se pronuncie, sólo debe ocuparse de los agravios invocados.
Precedentes
Recurso de súplica 135/26. López Bernardo. 15 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXII, página 815, tesis de rubro "SUPLICA.".