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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810348
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 693
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 693
La constitución no exige determinada forma para dictarla, como lo exige para el auto de formal prisión; basta que existan los datos que indica el artículo 16 de la Constitución.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Olmos Luis T. y coagraviado. 23 de marzo de 1922. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.