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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810363
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 728
EXENCION DE IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 728
El artículo 28 constitucional que se refiere a la exención de impuestos, trata de evitar la desigualdad de condiciones en los productores de la riqueza, para impedir que unos sean favorecidos con perjuicio de otros; mas no puede decirse que existe tal exención cuando, a cambio de contribuciones, se otorga determinada prestación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía Abastecedora de Aguas de Mazatlán. 26 de abril de 1920. Mayoría de seis votos. Ausente: Patricio Sabido. Disidentes: Alberto M. González, Ignacio Noris, Agustín Urdapilleta y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.