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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810400
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 530
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 530
Los efectos del sobreseimiento que se dicte en un juicio de amparo, son que las cosas vuelvan a quedar en el estado que tenían al instaurarse el juicio, y que la suspensión concedida en el mismo, pierda todos sus efectos; por tanto, si por virtud de dicha suspensión se arrebató a alguien la tenencia o posesión de un inmueble, el sobreseimiento tiene por efecto que esa tenencia o posesión le sean devueltas.
Precedentes
Tomo XX, página 1412. Indice Alfabético. Queja 243/26. Maza Francisco. 10 de marzo de 1927. Mayoría de siete votos. Ausente: Teófilo H. Orantes. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XX, página 530. Queja en amparo civil 242/26. Cicero viuda de Willis Matilde. 9 de marzo de 1927. Mayoría de siete votos. Ausente: Teófilo H. Orantes. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.