Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/810418
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810418
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 756
CORRECCIONES DISCIPLINARIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 756
Las resoluciones que las imponen, constituyen un nuevo acto del Juez de Distrito, que pueden hasta ameritar un juicio de amparo, pero no son revisables, como las demás resoluciones pronunciadas en el curso del juicio en el cual se decretaron.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión de un auto que mandó apercibir a la autoridad responsable. Russi Petronila. 24 de agosto de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González e Ignacio Noris no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.