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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810430
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 137
SUSPENSION PROVISIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 137
Siendo el objeto de ella, mantener las cosas en el estado que guardan, durante el término de setenta y dos horas, sin que tal resolución afecte, en forma alguna, a la suspensión definitiva, si se niega ésta, tal determinación deja sin materia la primeramente dictada; y, por consecuencia, es irrevisable el auto que concedió la suspensión provisional.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Toledo Luis G. 23 de julio de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.