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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 303
TESTIGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 303
Si rindieren dos declaraciones contradictorias, merece más fe la que hicieren estando libres de toda coacción.
Precedentes
Amparo penal en revisión 836/26. Pérez Hermenegildo. 20 de agosto de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Francisco M. Ramírez y Teófilo H. Orantes. Los Ministros Manuel Padilla y Ernesto Garza Pérez no intervinieron en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.