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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 639
SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 639
Teniendo en ellas los socios, una responsabilidad ilimitada y solidaria, la prohibición que para otorgar fianzas se establezca en la escritura social, respecto de los socios, debe considerarse que existe también para la sociedad; y, por tanto, las fianzas que otorgue son ineficaces, sin perjuicio de la responsabilidad de los socios gerentes, que intervengan en el otorgamiento.
Precedentes
Queja en amparo civil 160/26. Casanova José Guadalupe. 4 de octubre de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.