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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 754
CHEQUES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 754
El solo transcurso que la ley señala para la presentación de los cheques, no priva al tenedor, del derecho de reclamar contra el girador, aun fuera de ese término; pues en la prescripción mercantil negativa, los plazos comenzarán a contarse desde el día en que la acción pudo ser ejercitada legalmente en juicio, y la resistencia del girado a pagar el importe del cheque, fija el principio del término para la prescripción de las acciones del tenedor, contra el girador.
Precedentes
Recurso de súplica 73/23. Solana y Compañía. 19 de octubre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio, Francisco Modesto Ramírez y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.