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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810502
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 28
FIADOR EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 28
La calificación de su idoneidad debe hacerse bajo la responsabilidad de quien otorga la suspensión, y la Corte sólo puede revisar tal calificación y rectificarla, cuando resulte notorio el error y a todas luces palpable la insuficiencia de la fianza.
Precedentes
Tomo XVIII, página 1402. Indice Alfabético. Queja 304/25. Corona José. 15 de febrero de 1926. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVIII, página 28. Queja en amparo administrativo 251/25. Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de enero de 1926. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Salvador Urbina y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.