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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810514
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 231
IMPROCEDENCIA DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 231
Las causas de improcedencia del amparo, no son causas para negar la suspensión, pues para decretar ésta, debe atenderse únicamente a las reglas que fija la fracción I del artículo 55 de la Ley Reglamentaria del Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. 4 de febrero de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.