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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810518
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 312
FARMACEUTICOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 312
La Ley Reglamentaria de la Escuela de Artes y Oficios para Mujeres, en el Distrito Federal, no establece los estudios necesarios para considerar, a quienes obtienen el certificado de dicha escuela, como farmacéuticos, sino como personas que han hecho los estudios necesarios para la farmacia elemental y práctica.
Precedentes
Tomo XVIII, página 1402. Indice Alfabético. Amparo 3173/21. Torre Beatriz de la. 17 de febrero de 1926. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Leopoldo Estrada y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVIII, página 312. Amparo administrativo en revisión 3101/21. Brito Emilia. 17 de febrero de 1926. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Leopoldo Estrada y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.