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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 99
SECUESTRO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 99
La suspensión que se conceda contra el secuestro, se limita a que no se puedan rematar los bienes secuestrados y a impedir los efectos ulteriores del embargo; pero manteniendo las cosas en el estado que guardaban cuando la ejecución se verificó.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Federico J. de Hoyos y Compañía. 6 de enero de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno, Ignacio Noris y Patricio Sabido, no votaron por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.