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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 436
RECUSACION SIN CAUSA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 436
La que autoriza el artículo 1134 del Código de Comercio, puede hacerse valer contra los Jueces de Distrito, cuando conocen de asuntos mercantiles.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces, Cuarto Supernumerario y Primero y Segundo Numerarios de Distrito, del Distrito Federal. 20 de febrero de 1922. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.