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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810563
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 517
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 517
El que dicta en un juicio de amparo, sólo tiene por objeto dar fin a la controversia que se ha suscitado entre el quejoso y la autoridad responsable, sobre la constitucionalidad de los actos reclamados.
Precedentes
Queja en materia civil. Saldaña Aurelio. 1o. de marzo de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Gustavo A. Vicencio y Benito Flores no estuvieron presentes, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.