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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1278
IMPUESTO DE PATENTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1278
Si se ha obtenido la suspensión contra el cobro del impuesto de patente; y, posteriormente, se impone una multa al quejoso, por no haberse proveído de esa patente, tal hecho constituye un acto de desobediencia a la suspensión; pues proveerse de la patente implica conformidad con el impuesto, y la autoridad responsable no puede obligar al quejoso a que se conforme con un acto contra el cual ha obtenido la suspensión.
Precedentes
Tomo XVIII, página 1410. Indice Alfabético. Queja 81/26. Séptimo Colector de Rentas de Tamaulipas. 21 de junio de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVIII, página 1410. Indice Alfabético. Queja 80/26. Séptimo Colector de Rentas de Tamaulipas. 21 de junio de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 1278. Queja en amparo administrativo 79/26. Séptimo Colector de Rentas de Tamaulipas. 21 de junio de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVIII, página 1410. Indice Alfabético. Queja 78/26. Séptimo Colector de Rentas de Tamaulipas. 21 de junio de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.