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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810600
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 42
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 42
De los términos en que está redactada la fracción XX del artículo 123 constitucional, se desprende que las Juntas de Conciliación y Arbitraje tienen capacidad para hacer cumplir sus determinaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2959/22. Llerandi Luis. 6 de enero de 1926. Unanimidad de diez votos. Ausente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.