Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/810609
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810609
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 186
HOMICIDIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 186
La ley penal del Distrito Federal determina que la comprobación del homicidio, la constituyen los datos de la descripción que hará el agente de la Policía Judicial, que practique las diligencias, y la autopsia del cadáver hacha por peritos, que expresarán con minuciosidad el estado que guarde y las causas que originaron la muerte.
Precedentes
Amparo penal directo. Tomás José Cirilo. 29 de enero de 1925. Mayoría de seis votos, respecto al primer punto resolutivo. Disidentes: Manuel Padilla, Ricardo B. Castro, Teófilo H. Orantes y Gustavo A. Vicencio. Unanimidad de diez votos, por lo que hace al segundo punto resolutivo. La publicación no menciona el nombre del ponente.